Grau. Vilanova del Mar. Durante el siglo XVIII

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Preludios de la Independencia

A lo largo de la historia, el Grau ha gozado de diversas formas de gobierno propio, aunque cada una de estas formas tenía distintos niveles de competencias.

Pero estas diversas modalidades de autogobierno no alcanzarían su plenitud, es decir, la categoría de ayuntamiento independiente que la definiría como municipio propio con todas sus competencias hasta el siglo XIX.

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El Consell particular de la época foral

Con anterioridad a la abolición de los Fueros, el Grau tenía su propio gobierno, aunque las competencias eran muy escasas y ni siquiera disponían de local donde reunirse.

Este órgano de gobierno era el Consell Particular, del que formaban parte un Ministre, el Justicia, un Lloctinent, un Jurat Major, un Jurat Menor, y siete Consellers.

La máxima jurisdicción la ejercía, no obstante, la ciudad de Valencia.

La primera sesión registrada en los libros data del 8 de abril de 1.702, cuando “se ajunta el Consell Particular en la Cassa de la Escola per no haver puesto destinat a on poderse ajuntar per a tractar coses tocants al bon Govern del Poble y convocats per Berthomeu Gras Menistre (cargo equivalente al de alguacil) y a so de campana […]”.

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La Guerra de Sucesión y el absolutismo borbónico

La Guerra de Sucesión comienza cuando Carlos II “el Hechizado” muere sin sucesor directo y decide adjudicar la corona al francés Felipe V que, a los diecisiete años, es proclamado rey de España en enero de 1.700.

Para que este nieto del rey Sol no acaparara un poder excesivo, Carlos II había puesto una condición: que Felipe V no pudiera acceder también al trono francés.

Rompiendo este pacto, Luis XIV decide en febrero de 1.701 reservar la corona de Francia también para Felipe V.

El emperador de Austria, Leopoldo I, al no aceptar el testamento del “Hechizado”, lidera la reacción contra Felipe V, proponiendo que la corona de España fuera para su hijo, el archiduque Carlos.

Aprovechando el recelo que en las cortes europeas había despertado el poder de los Borbones, formó contra ellos la Gran Alianza de La Haya y el 15 de mayo de 1.702, declara la guerra a Francia.

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Se le unen Inglaterra, Holanda, Dinamarca, la mayoría de los Príncipes del Imperio, Portugal y el duque de Saboya, suegro de Felipe V.

De modo que la Guerra de Sucesión, aunque a los valencianos nos afectara aboliendo nuestros fueros, tuvo características de auténtica guerra mundial.

La ofensiva austracista en Valencia fue liderada por el general Baset, hombre de confianza del archiduque Carlos.

Desembarca en Denia el 17 de agosto de 1.705 y se plantea por propia iniciativa la conquista de la capital del Reino, a la que llegó en cuatro meses.

El banderín de enganche que enarboló Baset era la protesta contra los privilegios de los señores, la supresión de las barreras comerciales con Castilla, la desaparición de los derechos y sisas (Sisa es un tipo de tributo que se paga por razón de las cosas vendidas o mantenimientos que constan de peso y medida) municipales y la abolición del diezmo.

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Además, eran muy perceptibles las excesivas concesiones hechas a los franceses.

El Consell se conmociona ante la proximidad de las fuerzas rebeldes de Baset y toma algunas medidas defensivas, mandando fortificar el baluarte del Grau.

Pero cuando Baset avanza hacia la capital y el 16 de diciembre de 1.705 avista sus murallas por la puerta de San Vicente, el pueblo recibe con entusiasmo y las autoridades no ofrecen resistencia: el mismo día 16 entregan a Baset las llaves dela ciudad y proclaman  como rey al archiduque Carlos, que hasta la derrota de Almansa será conocido como Carlos III.

Valencia era recorrida por los orgullosos “maulets” (Maulets era el término usado en valenciano para referirse a los partidarios del archiduque Carlos de Austria, generalmente campesinos, en el Reino de Valencia durante la Guerra de Sucesión), luciendo las emblemáticas cintas amarillas en los sombreros.

Pero no era una ciudad pacificada, pues la situación de Baset era muy frágil, sin poder contar todavía con las tropas aliadas y asediado por el borbónico conde De Las Torres que, después de incendiar Vila-Real, se lanzaba sobre Valencia, acampando en Moncada.

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Ante esta amenaza, Baset refuerza las fortificaciones de la ciudad, según Teixidor, parte de estas medidas preventivas consistían en reforzar las murallas con piedras provenientes del muelle de Güelda.

Una de las tácticas de Baset fue convertir el Turia en un foso o barrera natural infranqueable.

En palabras de Isidro Planes, del 15 de marzo de 1.706:

“[…] Comenzaron a querer cerrar los ojos del puente del Mar; y para este fin se previnieron los materiales, piedra, que traxeron de la calzada del mar enfrente del puente de maderas; mucho mortero, y aserraban  tablones y hacían unos canales a los corta-mares del puente, para en ellos encajar los tablones y detener rebalsada el agua del río de puente a puente; que sirviese de foso a aquella parte de la ciudad […]”.

Con sus propias fuerzas y su capacidad de liderazgo, Baset impidió que la ciudad fuera tomada  por los “botiflers” (Botifler palabra utilizada como apodo contra los felipistas o borbónicos, los partidarios de Felipe V durante la Guerra de Sucesión Española) y pudo depositarla en manos del ejército regular al mando de Lord Peterborough que, entre tañidos de campanas, entra en Valencia el jueves 4 de febrero de 1.706.

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El 25 de abril de 1.707 el duque de Berwick derrotó a las fuerzas austrascistas.

Tres días más tarde comenzó a percibirse en el Grau la trascendencia histórica de aquel día, aunque la guerra todavía duraría siete años más.

Cuando a principios de mayo el virrey conde de Corzana admitió no disponer de fuerzas para defender la ciudad, los Jurados resolvieron entregarla a los borbónicos.

Una vez rendida la ciudad, Berwick consideró que bastante había perdonado la vida a los austracistas, y les dejó bien claro que “no saliesen con fueros, porque les había conquistado”.

Efectivamente, se instauró el Decreto de Nueva Planta y el nuevo gobernador, Antonio del Valle, emplazó los cañones de las Torres de Serranos de modo que no les defendieran de sus enemigos externos, sino que amenazaban a los ciudadanos de Valencia, de quien seguía desconfiando.

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A pesar que el nuevo gobierno ya estaba establecido, los austracistas no se daban por vencidos.

Por las afueras de Valencia la guerra continuaba e incluso favorecía más a Carlos III que a Felipe V.

En Valencia, la supresión dels Furs y el incremento desorbitado de los impuestos alentaron el nacimiento de numerosos focos de rebelión y mantenían a los “maulets” a la expectativa, propiciando la formación de un “maquis” (En España es el nombre genérico adoptado por la historiografía, por el que se conoce a los grupos armados clandestinos que practicaron las técnicas de combate de guerrilla especialmente en el medio rural y natural, como bosques o zonas montañosas).

Por la costa merodeaban los partidarios del archiduque, “maquis” o “maulets”, que aprovechaban la escasa vigilancia costera para establecer relaciones con los focos rebeldes valencianos.

La guerra sufre un giro radical, cuando en 1.711 muere inesperadamente el emperador José I, y su hijo el archiduque Carlos se convierte en heredero del trono austríaco.

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Ahora Inglaterra, que antes temía el excesivo poder de Felipe V, teme el naciente poder de Carlos de Austria, que podía ser al mismo tiempo rey del imperio austríaco y del imperio español.

De modo que ponen todos los medios para conseguir la paz, que queda consolidada en Utrech, por el tratado del mismo nombre, donde Felipe V es reconocido internacionalmente como rey de España.

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El decreto de Nueva Planta

Una vez implantado el Decreto de Nueva Planta y abolidos los Fueros valencianos, en el ámbito municipal Felipe V hacía recaer toda la tarea municipal en los Corregidores (funcionario real cuyo oficio comprendía varios ámbitos y emplazamientos, desde el provincial hasta el municipal).

Cada Corregimiento tenía un conjunto de pueblos y lugares sujetos a su jurisdicción.

El Lugar del Grau, junto con otros 104 lugares y pueblos, forma parte de él, y su gobierno pasa a estar compuesto por un alcalde pedáneo, un Regidor primero y un Regidor segundo, nombrados todos por el Ayuntamiento de Valencia.

La contribución recaudada en estos 104 lugares formaba una bolsa única y todo el conjunto, a efectos de hacienda, recibía el nombre de “particular contribución”.

Era también el Ayuntamiento de Valencia el que nombraba a los justicias del Grau, a partir de una terna (Conjunto de tres personas propuestas para que se designe de entre ellas la que haya de desempeñar un cargo o empleo) que este enviaba.

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Pero estos nombramientos y las funciones inherentes planteaban permanentes conflictos de jurisdicción, resaltados por la incidencia de esta población marinera en la estructura económica de la ciudad.

Como episodio más en esta confrontación entre la ciudad y el Grau, y como una pequeña victoria de la población marinera, en enero de 1.720 el escribano Lorenzo Miralles certifica que, contra la costumbre  seguida hasta 1.712 que el alcalde jurara su cargo en la ciudad, ahora el nuevo alcalde Bautista Illueca hace su juramento en el mismo Grau.

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La peste de Marsella

El 20 de junio de 1.720, siendo alcalde del Grau Juan Bautista Gisbert, se da el primer caso de peste bubónica en Marsella.

Alcanza el paroxismo en agosto, con mil muertos al día y se prolonga hasta 1.722.

España se agita por el temor, pero la angustia por la cercanía del contagio colapsa el comercio marítimo.

El 3 de agosto se establece una cuarentena para los navíos procedentes de Marsella y se exigen certificados de Sanidad.

Todavía se cernían mayores peligros a través de las pequeñas embarcaciones de pescadores por su mayor número y dificultad de control.

Era fácil descargar en ellas géneros traídos por navíos de altura, sin acercarse a la costa.

Por ello el monarca, en la real provisión de 17 de septiembre de 1.720, reglamenta con mucho cuidado el control sobre los pescadores, estableciendo horarios para la pesca y zonas reservadas para varar en la playa.

Los pescadores vían como inconveniente la imposición de varar las barcas cerca del centro administrativo del Grau, entre las ruinas del muelle de piedra (el Rihuet) y lo que en esa época llamaban la acequia de los Julianes (acequia del Gas o avenida del Mediterráneo).

Los pescadores solicitan que se les amplíe el terreno de varado hasta la acequia de los Ángeles (Pixavaques o de la Ermita).

En definitiva, la primera zona del río al Rihuet vararán los pescadores del Grau.

De inspeccionar esta zona se encargará Pasqual María.

La segunda, la del Rihuet a la acequia del Gas, se reserva para los de las Barracas (es decir, los del Canyamelar).

Y la tercera, de Gas a Pixavaques, vararán los pescadores del Cabanyal.

De inspeccionar el Cabanyal y el Canyameral se encargará Juan de León.

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Del Lazareto a Nazaret

Junto a estas medidas empezó a funcionar, desde los primeros momentos, un lazareto para las cuarentenas  y expurgos de personas y ropas.

Una vez pasada la epidemia, lo edificado se cedió a los pescadores que lo merecieron, quedando establecido el poblado de “Lazareto” como oficialmente se le nombra en los derroteros de navegación del Mediterráneo.

Y según Agustín Arqués (religioso e historiador español y cronista de la provincia de Valencia en 1.778): “aquesta es la primera referencia que tenim sobre el llatzeret que donaría lloc al naiximent de Natzaret”.

Tres años después del inicio de la peste, el 18 de junio de 1.723, una Real Cédula resuelve, por fin, abrir el comercio con Francia, aunque se mantienen las prevenciones sobre ciertas mercancías de Provenza y Marsella.

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La pesca del Bou

La pesca del Bou es un arte que se ha constituido en emblemático.

Quizá porque ha gozado de una representación gráfica excepcional, ya que con los lienzos de Sorolla se ha identificado con el hecho que unos cansinos bueyes arrastraran hasta la arena las barcas dedicadas a esta pesca.

Pero el nombre proviene de cada que cada una de las barcas que arrastra la red era comparada a un buey uncido a un arado y arrastrando de él, igual que las barcas arrastraban la red por el fondo de las aguas.

Según Antonio Sáñez y la obra manuscrita de Güell, este tipo de arte de pesca nació en Francia en el siglo XVII.

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Las prohibiciones de la pesca del Bou

A lo largo de la historia esta práctica de arrastre ha padecido muchas restricciones, pues su enorme efectividad muy bien podía esquilmar los mares y dejar en paro a muchos pescadores dedicados a otros sistemas de pesca.

El jueves 9 de agosto de 1.736, por la pescadería de Valencia corrió un pregón, prohibiendo “la pesquera comúnmente llamada del Bou”, bajo pena de cien libras.

Güell explica que: “la red barredera del Bou, por ser de gran cabida, se lleva cuanto encuentra, hasta el cieno del hondo del mar y al pescado que se encuentra en él”.

Naturalmente, los pescadores eran partidarios de ese arte.

Se conformaban con que hubiera dos parejas, puesto que en este tipo de pesca siempre se pescaba con dos barcas, una para sustento de sus familias y la otra para enviar pescado a la corte.

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Sáñez y las razones políticas de la oposición al Bou

En 1.798, Antonio Sáñez Reguart, publica su monumental diccionario sobre la pesca del Bou (Diccionario histórico de los artes de la pesca nacional).

Antonio Sáñez toma partido en contra del nuevo artefacto.

Pero lo que verdaderamente le preocupaba a este era la disminución del número de pescadores matriculados.

Había una razón de fondo: Patiño y Ensenada, ministros de Felipe V, debieron atender al reclutamiento de la marinería.

La solución a la que se recurrió fue el establecimiento de las “matrícula del mar”, es decir, un sistema de enrolamiento obligatorio, que exigía a la gente del mar la prestación del servicio naval en los barcos o en os arsenales, a cambio del monopolio del ejercicio de las actividades productivas relacionadas con el mar.

Presentada como un sistema de contrapartidas (servicio obligatorio a cambio del monopolio gremial), en realidad la matricula se limitaba a imponer a la gente de mar el servicio en la Marina a cambio de seguir gozando de los privilegios corporativos que ya disfrutaban desde 1.339, originando así una resistencia entre las poblaciones costeras que siempre estuvo presente, aunque fuera de manera soterrada, a lo largo de la centuria.

Por esta Ordenanza se reglamentaban los derechos y deberes de los “matriculados”, a cambio de su disponibilidad para el servicio hasta los 60 años, disposiciones culminadas con el reglamento de 1 de enero de 1.751.

El “matriculado” era simplemente un soldado en la reserva, al servicio de los reales bajeles, que en su tiempo libre se dedicaba a la pesca.

La Marina Real estaba sosteniendo un impresionante Imperio Ultramarino y precisaba de un numeroso contingente de hombres de mar que solo la “matrícula” de pescadores podía proporcionar para tripular los barcos de guerra.

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En cambio si lo que predominaba era la pesca del Bou, el número de pescadores empleados en las costas españolas sería menor que en el caso de que hubiera muchos otros pescadores dedicados a otros artes de pesca, para el que se requerían más manos y de ahí la posibilidad de contar con una “cantera” más abundante y de hombres mejor preparados.

Ello motiva la crítica de Sáñez hacia cualquier factor que pudiera poner en peligro la permanencia y pujanza de una numerosa población pesquera.

De todos modos, en el Grau, no todo se reducía a la pesca del Bou, sino que el palangre (La pesca de palangre consiste en una línea única y principal ramificada con líneas de anzuelos conectadas a ella. Su armado depende del sitio donde el pez a atrapar se encuentre) también estaba muy introducido.

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La vida del Grau reflejada en su Ayuntamiento

De 1.702 a 1.735 existe un vacío en cuanto a las actas del Ayuntamiento del Grau.

Y de 1.735 a 1.763 aparecen solamente las actas de 12 años, que nos revelan la estrecha conexión que había entre el Ayuntamiento y la parroquia.

Un tema tratado con frecuencia en las actas municipales es la relación que se establece en la parroquia de Santa María del Mar entre los cultos a la Asunción y a los Ángeles.

Desde su fundación, la titular de esta iglesia fue la Asunción, pero durante el siglo XVIII se repite con insistencia el nombre de Muestra Señora de los Ángeles, hasta el punto que se remarca expresamente que era titular de la parroquia.

Posteriormente se la deja de nombrar, precisamente por la época en la que se supone que tendría lugar la erección de la ermita de los Ángeles, antecesora de la actual, al extremo del Cabanyal.

El 4 de noviembre se recurre al pregonero Vicente de Morera, quien ordena:

“[…] que ninguna persona dexe ir serdos sueltos por el Lugar en sus calles y que en la calle Mayor no los puedan tener atados en la Paret. Y por la primera vez que se encuentren algún serdo suelto por las calles de dicho Lugar o sus contornos o la orilla del mar incurra en la pena de una libra aplicxada para la fábrica de la iglesia de dicho Lugar y por la segunda perdido el serdo sea grande o pequeño el Qual se distribuirá la metad para los pobres de las cárceles de San Narciso y la otra metad para los pobres del Lugar […]”.

El 6 de abril  se le asignan doce sueldos a Vicente Boluda para componer la campanilla de tocar a misa y el 9 de septiembre hay una orden de prisión para Thomas Coet y Juan Antonio Margego y sus compañeros y demás gente de mal.

Se les conmina a los alcaldes de Russafa y de la calle de Murviedro para que vigilen y avisen si los ven.

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Una visita de hacienda al hospital de Santa María

Formando parte del entramado parroquial, en Santa María, había una cofradía llamada de San Miguel y un hospital llamado de Santa María, de cuya naturaleza y actividad no se pueden dar muchos datos.

La cofradía de San Miguel ya había sido tutelada por Alfonso “el Magnánimo” en 1.424, dotándola con quince libras anuales.

Su finalidad era el fomento de la devoción a San Miguel y quizá tuviera alguna influencia en la fundación del hospital, que se dedicaría a las actividades específicas de un hospital de zona marítima, preferentemente a la atención de pescadores y portuarios.

Tanto la cofradía de San Miguel como el hospital contaban con bienes propios, procedentes de donaciones que los fieles hacían a la iglesia en sus testamentos.

Pero es el caso que de estos bienes no habían hecho la preceptiva declaración a Hacienda.

El total de las cincuenta y cuatro donaciones ascendía a 5.597 libras y 10 sueldos moneda corriente, por las que el cura debía cotizar.

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Nuevos conatos de independencia

El enfrentamiento con el Ayuntamiento de la ciudad se agrava en 1.762, fecha en la que el alcalde pedáneo y Regidores del Grau remiten un memorial al Intendente Corregidor protestando por la arbitrariedad manifestada por Valencia, al no ceñirse a la terna (Conjunto de tres personas propuestas para que se designe de entre ellas la que haya de desempeñar un cargo o empleo) que ellos habían enviado para la elección de justicias.

El Regidor de Valencia, Pedro Luis Sánchez, emite un informe rechazando abiertamente la acusación del Grau, afirmando que únicamente se había ajustado a derecho, supeditándose a la “práctica general de los dueños territoriales”.

En consecuencia, el Grau se vio forzado a aceptar la elección de justicias hecha por la ciudad de Valencia.

Forzado, pero no sumiso.

El Grau se mantenía firme aduciendo la antigüedad de su fundación para afianzar su posicionamiento histórico, en un siglo en el que la zona de sui territorio iba a experimentar profundas transformaciones, como consecuencia de la habilitación portuaria.

El tradicional cosmopolitismo del Grau se vería incrementado  a finales de la centuria, con la llegada masiva de trabajadores de obras públicas y con la instalación de brigadas de presidiarios.

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Conflicto con el Ayuntamiento de Valencia

Es ahora, en 1.766, cuando al inicio de un lento pero seguro camino hacia su autonomía municipal, varios vecinos del Lugar solicitaron del Real Acuerdo (institución que aunaba los poderes del Gobernador y de la Real Audiencia) la autorización para poder elegir diputados y personero del común, dos nuevas figuras que la monarquía impone para controlar los ayuntamientos.

Esta medida hay que situarla en su contexto.

En la época de Carlos III, es decir, la época del absolutismo ilustrado (El absolutismo ilustrado ,también conocido como Despotismo ilustrado, es una práctica política dentro de las monarquías absolutas del Antiguo Régimen, relacionada con la Ilustración; dentro de la cual, los monarcas que los siguieron contribuyeron al desarrollo cultural, político-administrativo, social y económico de sus estados, Carlos III es por excelencia la figura más destacada del absolutismo ilustrado en nuestro país), que considera excesivo el poder que acumulan los ayuntamientos: multitud de atribuciones que hoy son estatales, poder arbitrario de los munícipes (que aprovechan su cargo para eximirse de impuestos a sí mismos, vender oficios o formar oligarquías que se adueñan de los altos cargos del ayuntamiento).

Ello explica el ardor que ponen en conseguir el dominio de los ayuntamientos.

Como los grandes ayuntamientos se le habían escapado de las manos, Carlos III, pretende mutilar el poder de estos y reforzar los ayuntamientos menores, superponiendo a las autoridades existentes tres figuras de nueva creación que pudieran representar la voz del pueblo: Dos Diputados y un Síndico Personero del Común, una especie de Defensor del Pueblo.

El Síndico Personero del Común fue un cargo municipal español instituido por Carlos III de España como repuesta a las protestas populares conocidas como Motín de Esquilache de 1.766 (el llamado motín de Esquilache se inició a finales de marzo de 1.766 en Madrid al grito de ¡Viva el rey, muera Esquilache! y se extendió a otras ciudades alcanzando gran virulencia en algunas de ellas) y con la finalidad de dar voz en los ayuntamientos al «común», como se solía llamar entonces a los plebeyos, al pueblo.

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Junto con los diputados del común, cargo instituido por las mismas fechas, el Síndico Personero del Común se creó para intentar satisfacer las reivindicaciones populares en unos municipios dominados por la oligarquía de los regidores. Al mismo tiempo también se crearon los alcaldes de barrio, que se encargarían de mantener el orden en los distritos o «barrios» en que quedaron divididas las ciudades.

Es una paradoja que el Absolutismo Ilustrado emprenda esta reforma de corte democrático.

No tanto, porque, además de restar fuerza a los Ayuntamientos grandes, con esa medida se controlaría mejor la población, vigilando a los “inquietos y mal entretenidos”.

De ahí viene la división de ciudades y pueblos en cuarteles, barrios y manzanas numeradas.

En definitiva, se trata de una democracia de tercer orden, pero que preparará el camino a las reformas de la Constitución de Cádiz que, ella sí, propiciará la autonomía total del municipio del Grau en el siglo XIX.

Esa buena ola la aprovecha el Ayuntamiento del Grau para ir consolidando sus proyectos independentistas.

Pero el Ayuntamiento de la ciudad no considera procedente esa reforma, puesto que “el referido Lugar del Grau era uno de los suburbios de esa ciudad, que se reputaba como calle o vecindario de la misma” y esos nombramientos contradecían el espíritu y la letra de la Instrucción del 26 de junio de 1.766, en virtud de la cual dichas elecciones no podían celebrarse en “Aldeas, Feligresías y Parroquias donde no hubiera Ayuntamiento”.

Y ese era, según el criterio de Valencia, el caso del Grau, una calle o vecindario, con un alcalde pedáneo nombrado por la capital, donde la jurisdicción ordinaria era ejercida por el Corregidor y era competencia de la capital la intervención de los abastos del Grau.

Todo lo más, se permite al Grau que participe en la elección de diputados y personero de Valencia.

No obstante, el Grau insistió en su empeño, y como manifestación de fuerza practicó la política de hechos consumados, eligiendo a sus nuevos cargos, y enviando un memorial al Consejo en el que manifestaban que dicho Lugar tiene su Ayuntamiento distinto y separado del de esa Capital.

Estos argumentos surtieron efecto.

El 9 de marzo de 1.767 juraban y tomaban posesión de sus cargos los diputados y el personero del Grau.

El Ayuntamiento de Valencia decidió boicotear la acción de los nuevos cargos municipales del Grau.

Así en marzo de 1.768, las autoridades de Valencia se entrometieron en la revisión de los pesos y medidas del Grau.

Como resultado de este conflicto, la ciudad de Valencia, recibía una Real Provisión de 21 de abril de 1.768 en la que Pedro Pablo de Albarca y Bolea, conde de Aranda, hombre decisivo en la política reformista de Carlos III se mostró muy severo al juzgar el comportamiento del ayuntamiento de la capital.

Considera que esa actitud del consistorio capitalino contra el Grau era una tentado digno de castigo, por las perniciosas consecuencias que podía producir en un pueblo celoso de sus regalías (Prerrogativa o excepción particular y privativa que en virtud de suprema potestad ejerce un soberano en su estado), y que se veía despojar de ellas, solo por el resentimiento que el ayuntamiento tenía hacia el Grau.

Pasando por alto las despectivas palabras del ayuntamiento de la capital, el Grau seguía tratando de hacer realidad su deseo de independencia.

El siguiente paso fue decisivo en el deterioro de unas relaciones ya conflictivas, consistió en solicitar al Real Acuerdo que fuese este, y no Valencia, quien nombrasen alcalde ordinario, Regidores y demás oficiales de gobierno de la Vila Nova del Grao.

Lo que en definitiva pretende el Grau es sacudirse la dependencia del Ayuntamiento de Valencia para “incorporarse a la Real Diadema”.

Quien enarbola la bandera de la independencia es el alcalde Josef Surió quien, para dar firmeza al proceso, había convocado en día festivo a Concejo abierto a todos los vecinos contribuyentes de dicho Lugar.

Los 53 asistentes respaldan por unanimidad la pretensión del Ayuntamiento, apoyando que se prosiga hasta su determinación.

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A los argumentos ya conocidos añaden otros más actuales, tendentes todos a resaltar su dependencia del rey y no del municipio, tiene parroquia autónoma, sus alcaldes ya han sido considerados Ordinarios en varias ocasiones, tiene sistema propio de financiación y concesiones reales como son la Carnicería y el pilón, las tiendas y la herbacería, tiene Diputados y Personero, dista de la ciudad más de tres cuartos de legua, lo cual se opone a que sea suburbio o arrabal, tiene Gobernador Militar nombrado por su majestad y no por la ciudad, sus casas no han pagado ni pagan censos a las ciudad y, sobre todo, tiene más de 500 vecinos, entre los cuales hay varios capaces de desempeñar la Alcaldía.

Otro tipo de razones  son: el Alcalde tiene que costear diariamente una calesa para ir a la ciudad a dar cuenta de lo que ocurre en dicho Vila (todo el día para ir y venir) y, si acudía a declarar a Valencia y llegaba un poco tarde debía volver al día siguiente, lo cual no sucedería si tuviera la Vila su alcalde ordinario.

Pero la resolución provisional del Fiscal es concluyente: aunque sea cierto que la ciudad en la práctica haya ejercido esa jurisdicción sobre el Grau, eso no implica que lo haya hecho asistida del suficiente derecho.

A pesar de todo, el asunto no quedó zanjado, y tanto Valencia, como el Grau, seguían defendiendo ardorosamente sus posturas.

Tampoco cejaba en la recuperación del histórico título de “Vila Nova del Grau de la Mar”, en sustitución del título con carácter descriptivo o geográfico como el que Valencia les venía dando de “Lloc del Grau”, que minusvaloraba su condición de municipio.

Así, el Ayuntamiento decretaba el 28 de febrero de 1.769:

[…] que, en atención a que por vando publicado por orden del Señor Rey Don Jayme el primero de Aragón, consta que en lo que en estos tiempos por decidia o olvido del gentío se intitula “Lugar del Grao” se llama “Vilanova del Grau” y por consiguiente en adelante en todos los actos públicos, escrituras y testimonios puestos o otorgados por el Ayuntamiento o de su orden por el Escrivano aya de ser con el preciso título de “Vilanova del Grau” lo que unánimes convinieron y mandaron se hiciese de las referida forma […]”.

Mientras tanto, el expediente sobre el nombramiento del Justicia de dicho lugar seguía pendiente de resolución en el Real Acuerdo.

La Audiencia, aliada con el Grau, proponía que resultara elegido en una “Junta General” de vecinos presidida por el alcalde “pedáneo”, lo que no fue aceptado por Valencia.

La presión de la capital era agobiante y a finales de 1.769, conminaba al Grau para que en el plazo de seis días le enviara su terna y de acurdo con ella proceder a la elección de los Justicias de la particular contribución.

Así lo hizo el Grau y durante unos años más sería la capital quien seguiría nombrando a los miembros del Ayuntamiento del lugar.

No obstante, la población marinera designaba en 1.784 a tres abogados para que, en su nombre, siguiesen el pleito que tenían pendiente contra la ciudad sobre la jurisdicción en dicho lugar.

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El almacén de la Junta, estímulo para el comercio y ayuda en los naufragios

La institución del Consulado, heredero del Consolat del Mar, fue prácticamente abolida por el Decreto de Nueva Planta de 20 de junio de 1.707.

Pero Carlos III decide revitalizarlo con su Real Cédula de 15 de febrero de 1.762, con la que deseaba animar el comercio del reino, para el que poco después sería imprescindible su principal instrumento, cuyo proyecto estaba a la base de todo movimiento: el puerto de Valencia.

Sería el nuevo Consulado quien tendría la última palabra en todos los contenciosos que se provocaran, por encima de la Audiencia de Valencia y de cualquier otro tribunal.

La nueva Junta Particular de Comercio sería la delegada de la Junta General, dependiente directamente de la Corona, al mismo tiempo que se decide reutilizar la Casa de la Lonja del Mar.

La Junta acordó se consultase con el Presidente sobre la construcción en la playa de un almacén para los géneros que se desembarcaran en el Grau no tuviesen que depositarse en la orilla del mar, sino en el punto de desembarque.

Una vez concluido el almacén el 4 de noviembre de 1.767 se colocaron las armas del Consulado sobre la puerta principal que daba frente al mar.

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Almacén del Común de Pescadores

Muy cerca del almacén del Consulado, la Comunidad de marineros y pescadores construye otro almacén en 1.774, destinado a custodiar los remos y demás herramientas de sus barcos, pero el Intendente, teniendo presente la resolución de S.M. del año 1.751 para que no se permitiese hacer edificio alguno a orilla del mar, ordenó su demolición.

La Comunidad consternada, suplicó a Su Señoría que revocara la decisión.

Efectivamente el Bayle General les permite su construcción, pero les pone dos condiciones: que se tabique una de las dos puertas que tenía y que la otra tenga dos llaves distintas.

Una de ellas debía estar custodiada por el cabo del Resguardo para que no se abriese ni cerrase el almacén sin asistencia de los dependientes de rentas.

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Un Almacén de lonas en las murallas

El 22 de octubre de 1.788, el maestro de Lonas y Cotonías, Jerónimo Soriano, vecino del Lugar del Grau, pretende que el Real Patrimonio le conceda en alquiler o “establecimiento” un pedazo de terreno de 150 por 24 palmos para construir un almacén en donde pueda fabricar lonas y cotonías (especie de velas) para los barcos.

Expone que fuera de la muralla del Grau a la parte del camino Hondo (nombre con el que se conocía también al Camino Viejo o prolongación de la actual Islas Canarias) hay un pedazo de terreno libre, apto para fabricar Lonas y Cotonías, precisas para velas de la marinería.

El informe de los técnicos en noviembre de 1.788, señala que el terreno es del Real Patrimonio y su decisión no causa perjuicio ya que no impide el paso de la luz y del aire, pudiendo levantar la obra.

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La participación del Grau en la guerra contra Francia

A raíz de la revolución francesa de 1.788, Francia declara la guerra a España, bajo la monarquía de Carlos IV, el 7 de marzo de 1.793.

Aunque no con mucha intensidad, esta guerra afectó a Valencia, sobre todo en el comercio de la seda y el papel.

Existe un libro de 1.797 que recoge la aportación de Valencia a esta guerra.

Según su listado de los servicios prestados al rey, consta que el Grau tuvo una participación completamente extraordinaria.

Alboraya, por ejemplo, contaba con 540 vecinos y contribuyó con 12 voluntarios, en cambio, el Lugar del Grau, que constaba de 600 vecinos (entre ellos 426 “matriculados”, 31 empleados y privilegiados y 143 paisanos) contribuyó, nada menos, que con más de 300 hombres para la Real Armada.

De los paisanos, fueron 6 voluntarios a los que se retribuía con 25 pesos a cada uno.

Y a pesar de que por razón de Quinta no le correspondía presentar a nadie, presentó uno con la gratificación de 220 pesos.

 

Fuentes consultadas:

Bibliografía:

Existe mucha y muy variada bibliografía referente al Grau, por tanto, tan solo mencionaremos algunos de ellos:

  • Guía urbana de Valencia. Marqués de Cruïlles.

  • Orígenes del Reino de Valencia. Antonio Ubieto.

  • Autoritarismo monárquico y reacción municipal. Amparo Felipo Orts.

  • Insaculación y élites de poder en la ciudad de Valencia, Amparo Felipo Orts.

  • Antonio Sanchis Pallares. Historia del Cabanyal. Poble Nou de la Mar 1.238-1.897

  • Antonio Sanchis Pallares. Historia del Grau

  • Isidro Planes. Sucessos fatales desta ciudad, y Reyno de Valencia o Puntual Diario de lo sucedido en los Años de 1.705, 1.706 y 1.707

  • Antonio Sáñez Reguart . Diccionario histórico de los artes de la pesca nacional (1.791-1.795)

  • Antonio Domínguez Ortiz. Carlos III y la España de la Ilustración

Fotografías