Acequia de Rovella

Acequia de Rovella

Las acequias de Valencia y su historia. Acequia de Rovella

Acequia de Rovella

Situación:

La acequia de Rovella histórica tenía sus orígenes en el azud de Rovella, actualmente situado en el viejo cauce del río Turia (hoy Jardín del Turia), a la altura de la Casa del Agua.

Allá pueden verse los sillares que conformaban la primitiva toma de aguas de esta acequia.

En la actualidad la toma se trasladó al nuevo Azud del Repartiment, donde toma aguas que cruzan bajo el nuevo cauce a la margen izquierda y discurren por un nuevo trazado subterráneo hasta llegar al primitivo cauce de la acequia a la altura del viejo azud.

La acequia que da aguas al Jardín Botánico atraviesa la ciudad como alcantarillado y viene a emerger en la llamada acequia del Valladar, en el entorno de la huerta del Pou d´Aparisi, y más abajo, desde el Valladar riega las huertas de La Punta.

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Las acequias de Valencia y su historia. Acequia de Rovella

Municipios que recorre:

  • Valencia

Las acequias de Valencia y su historia. Acequia de Rovella

Brazales principales en el término de Valencia

  1. Séquia del Vall

  2. Braç 1 (del Portal Nou)

  3. Braç 2 (del Carmen)

  4. Braç 3 (dels Serrans)

  5. Braç del Vall Vell

    1. Braç 4 (del Temple)

  6. Braç dels Navarros

  7. Braç de Monteolivete

  8. Séquia de Rovella-Valladar

  9. Fila de l’Inquisició

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Elementos patrimoniales hidráulicos vinculados en el término municipal de Valencia

  1. Assut de Rovella

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Descripción y referencias históricas

La acequia de Rovella es una de las ocho acequias de la Vega de Valencia que están bajo la jurisdicción del Tribunal de las Aguas de Valencia (Tribunal de los Acequieros de la Vega de Valencia).

Su origen está en el río Turia, en el Azud del Repartiment en término municipal de Quart de Poblet.

Riega las huertas y campos de la margen derecha del antiguo río Turia dominados por esta acequia desde la acequia de Favara hasta el mar, en término de Valencia.

Su superficie regable es muy reducida y se limita a unos pocos campos en la zona de En Corts y Nazaret y a proporcionar sus sobrantes a los riegos de Francos y Marjales.

La acequia de Rovella histórica tenía sus orígenes en el azud de Rovella, actualmente situado en el viejo cauce del río Turia (hoy Jardín del Turia), a la altura de la Casa del Agua.

Allá pueden verse los sillares que conformaban la primitiva toma de aguas de esta acequia.

Sin embargo, el nuevo cauce del Turia dejó este tramo fluvial en seco y la toma se trasladó al nuevo Azud del Repartiment, tal que las aguas parten de allí, cruzan bajo el nuevo cauce a la margen izquierda y discurren por un nuevo trazado subterráneo hasta llegar al primitivo cauce de la acequia a la altura del viejo azud.

El recorrido ha sido afectado históricamente por los numerosos cambios urbanísticos de la ciudad, de forma que ahora discurre paralelo al viejo cauce, hasta llegar a Guillem de Castro, y continúa por la ronda interior hasta salir de la misma en dirección a Ruzafa y el ensanche hasta legar a las tierras de En Corts donde riega algunas parcelas.

La principal utilidad de esta acequia no era el riego de los campos, sino el servicio de alcantarillado histórico de la ciudad hasta la construcción de los nuevos colectores a partir de 1.975.

Sus aguas servían de arrastre de las aguas negras para utilizarlas en fertilizar los campos y arrozales del sur de la ciudad.

En la actualidad, todavía se utiliza parte de su trazado con esta finalidad, aunque no se sabe a ciencia cierta cuantos son los vertidos.

Entre los elementos y partes de su trazado y ramificaciones se pueden distinguir los vertidos extremales hacia la acequia Fabiana y el Braç de l´Inquisisió.

Las acequias de Valencia y su historia. Acequia de Rovella

Ámbito de incidencia de la protección

En el caso de las acequias se proponen como BRL únicamente los tramos de la acequia madre indicada en cada caso más los brazos principales expresamente indicados con sus nombres en las fichas correspondientes.

La afección en suelo no urbano, ni urbanizable, salvo los casos particulares y de cierta singularidad, lo forman las parcelas que se encuentran en los 10 metros entorno a la acequia, salvo en los ámbitos relativos a los entorno de Lenguas, Partidores y Molinos reseñados como BRL, en los cuales el ámbito de protección se amplía a lo indicado en la ficha del bien correspondiente.

La protección general de la acequia, dada su naturaleza, es la ambiental, excepto en las inmediaciones reseñadas anteriormente de Lenguas, Molinos y Partidores antes citados, donde se entiende su trazado y cajero con protección integral.

La autorización para cualquier intervención en estas acequias o brazos corresponderá al Ayuntamiento.

Nivel de protección

En distintos colores se indica el nivel de protección de las acequias y sus brazos principales, siendo de aplicación en cada caso lo indicado en el articulado sobre acequias en las Normas de este Catálogo.

En zonas rurales las parcelas colindantes conservarán el uso agrario con campos de huerta o arbolado sobre parcelas de riego por inundación o selectivo, valorando en el paisaje: trazado y carácter de la propia acequia madre, acequias finales que llevan a los campos, parcelación tradicional, caminos y sendas con su trazado, anchura y características.

Se permiten sistemas de cultivo en invernadero siempre que sean de altura inferior a 60 centímetros.

Partes integrantes a conservar

Trazado de la acequia y sus brazos principales.

Toponimia tanto de las acequia madre como de los brazos y derivaciones.

Artefactos e instalaciones hidráulicas y arquitectónicas propias del sistema tradicional de riego.

Paisaje circundante potenciando los recursos paisajísticos propios de la huerta: sistema de riego, parcelas, caminos, cultivos, etc.

Observaciones

Procedimiento de intervención e intervenciones permitidas:

Podrán realizarse actuaciones de mantenimiento, conservación, limpieza, desbroce, y dragado de la acequia, incluso aquellas que supongan reposición de elementos o acabados, siempre que estos se realicen con materiales similares a los existentes en la acequia.

Así como, actuaciones de mejora de las condiciones hidráulicas, incluso la incorporación de obras o instalaciones de regulación, compuertas, con materiales similares a los existentes.

Podrán realizarse obras puntuales de paso a campos, y cubrición para paso de caminos, e incluso nuevas derivaciones a los campos.

En los tramos con PA que discurran por suelo no urbanizable, en la banda de 10 metros de entorno, solo se restringirán aquellas actuaciones que tengan incidencia paisajística.

Con autorización municipal se admitirán expresamente obras de infraestructura en el trazado protegido y en particular, ampliación de caminos existentes por razones de seguridad y salubridad.

En los tramos con PA incluidos en futuros suelos urbanizables, la concreción del tratamiento de la acequia se diferirá al correspondiente planeamiento pormenorizado, en el marco de los criterios patrimoniales que se incluyen en las fichas de los sectores y el preceptivo Estudio de Integración paisajística.

NOTA

En el caso de las acequias se proponen como B.R.L. (Bien de Relevancia Local) únicamente los tramos de la acequia madre indicada en cada caso más los brazos principales expresamente indicados con sus nombres en las fichas correspondientes.

La afección en suelo no urbano, ni urbanizable, salvo los casos particulares y de cierta singularidad, lo forman las parcelas que se encuentran en los 10 metros entorno a la acequia, salvo en los ámbitos relativos a los entorno de Lenguas, Partidores y Molinos reseñados como BRL, en los cuales el ámbito de protección se amplía a lo indicado en la ficha del bien correspondiente.

La protección general de la acequia, dada su naturaleza, es la ambiental, excepto en las inmediaciones reseñadas anteriormente de Lenguas, Molinos y Partidores antes citados, donde se entiende su trazado y cajero con protección integral.

La autorización para cualquier intervención en estas acequias o brazos corresponderá al Ayuntamiento.

 

Fuentes consultadas:

Bibliografía

  • La acequias de Francos, marjales y extremales de la ciudad de Valencia. Ferran Lluch Cebrià y Lluñis Beltrán Llopis

  • El Tribunal de la Aguas de Valencia y su proceso (oralidad, concentración, rapidez, economía). Víctor Fairén-Guillén